Ciclo Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear

Mayor vigilancia sobre quiénes obtienen las acreditaciones para operar en instalaciones de rayos X de radiodiagnóstico

Esta mañana hablamos de derechos y deberes del TSID. Os envío un artículo publicado por compañeros de la AETR.

“Debido al intrusismo que los Técnicos de Radiodiagnóstico estamos sufriendo a lo largo de todos estos años, hemos decidido lanzar una propuesta dirigida al Consejo de Seguridad Nuclear, por expedir acreditaciones y licencias  para operar en instalaciones de Radiodiagnóstico a personal que no está cualificado para dicha función, tales como enfermeros, auxiliares, y demás especialidades que nada tienen que ver con nosotros, ya que carecen, a nivel curricular, de la formación que poseemos los TSID/TER, única y exclusivamente centrada en radiaciones ionizantes,técnicas, manejo del aparataje, seguridad del paciente y protección radiológica.

Nadie en España, salvo TSID y TSRT (TER, TMN y TRT), Radiólogos o Médicos, Podólogos, Odontólogos y Veterinarios, puede Manejar Equipos de Radiodiagnóstico y Radioterapia. Por tanto, ¿por qué ofertáis Cursos de Operador a otro tipo de Profesionales si sabéis que no pueden Operar o Manejar salvo los Radiólogos y los Técnicos Superiores en Diagnóstico por Imagen o de Radioterapia (incluyendo a los antiguos TER, TMN y TRT)?.

Con esta PERMISIBILIDAD, el CSN lleva poniendo en riesgo muchísimos años a miles y miles de pacientes, ya que personal no capacitado al efecto ha obtenido las acreditaciones pertinentes, haciendo que enfermeros, auxiliares de enfermería, etc. operen con aparatos de rayos X, lo que entraña un riesgo para la salud pública mayúsculo, y ocupando puestos de trabajo que no les corresponden, mermando así las posibilidades laborales de los Técnicos de Imagen Diagnóstica.

Según los acuerdos del Consejo de Seguridad Nuclear de 29 de Abril de 1996: La Acreditación para operar en instalaciones radiactivas con aparatos productores de RR.II, sólo capacita los conocimientos de protección radiológica, no faculta para operar sin la titulación exigida por la Ley, salvo que se esté en posesión de la especialidad en Radiología-Electrorradiología o ser TER/TSID, por tanto, la Acreditación del Curso del CSN no da Competencia Profesional para Manejar Equipos de Radiología.

Para más información, dejo un enlace que os arrojará más luz en cuanto a la legislación vigente a la que hacemos mención en esta petición.

http://www.tecnicosradiologia.com/2013/03/la-acreditacion-del-consejo-de.html?utm_content=bufferbf0cc&utm_medium=social&utm_source=facebook.com&utm_campaign=buffer&m=1

 

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *